La semana pasada la Sala de la Cámara de Diputados aprobó y despachó a tercer trámite en el Senado el proyecto de ley iniciado en moción parlamentaria que permite votar en 2020 y 2021 con cédulas de identidad y pasaportes vencidos.
La iniciativa dispone que en las elecciones o plebiscitos que se realicen entre la fecha de publicación de esta ley y el término del proceso constituyente, para el solo efecto de identificar al elector nacional, se aceptarán las cédulas de identidad o pasaportes que hayan vencido a contar del 1 de octubre de 2019.
El proyecto de ley, cuya aprobación general y particular sumó 140 y 137 votos a favor, respectivamente, consigna que la misma regla se aplicará al elector extranjero, respecto a la cédula de identidad para extranjeros.
En sus fundamentos, la norma precisa que las manifestaciones sociales acontecidas en Chile a contar del 18 de octubre y la pandemia del covid-19 han imposibilitado que muchas ciudadanas y ciudadanos, especialmente de la tercera edad, realicen oportunamente el trámite de renovación de su cédula de identidad o pasaporte.
Lo anterior, se agrega, constituye un impedimento para que puedan ejercer su derecho a voto en la serie de elecciones que se realizarán este año y el próximo.
En virtud de lo anterior se explicita en el proyecto que el plazo adicional de doce meses para la presentación de la cédula de identidad o pasaporte vencidos, “resulta a todas luces insuficiente ante los acontecimientos que han afectado a nuestro a nuestro país”.
Finalmente, el Senado aprobó las enmiendas introducidas por la Cámara Baja que prorroga la vigencia de las cédulas de identidad para el efecto de participar en las elecciones y plebiscitos que se realicen entre la publicación de esta ley y el 31 de diciembre de 2021.
¿Cómo quedó la iniciativa?
-Las cédulas tendrán vigencia para el efecto de participar en las elecciones y plebiscitos que se realicen entre la publicación de esta ley y el término del proceso constituyente establecido de conformidad al artículo 130 y siguientes de la Constitución Política de la República.
– Dispone que en las elecciones o plebiscitos que se realicen entre la fecha de publicación de este proyecto como ley y el término del proceso constituyente se aceptarán las cédulas de identidad o pasaportes que hayan vencido a contar del 1 de octubre de 2019.
– Hace aplicable la misma regla al elector extranjero respecto a la cédula de identidad para extranjeros.
Esta ley debe ser publicada esta semana, antes del 25 de octubre.