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Carabineros fueron condenados por disparos injustificados, pero desestimaron apremios ilegítimos en estallido social

Los dos funcionarios fueron juzgados por apremios ilegítimos con resultado de homicidio frustrado, disparos injustificados, además de falsificación de instrumento público.

¿Qué pasó?

El Tribunal de Viña del Mar decidió absolver de los delitos de apremios ilegítimos con resultado de homicidio frustrado a dos funcionarios de Carabineros imputados por hechos ocurridos el 22 de octubre de 2019, en medio de las manifestaciones del estallido social acontecidos en la Plaza Sucre.

En la audiencia realizada este miércoles, se acogió el planteamiento de la defensa los sargentos, quienes apuntaban a que las lesiones fueron cometidas cuando los afectados no se encontraban bajo custodia, por lo que no correspondería esta figura legal.

En dicha instancia, el Ministerio Público solicitaba para Mario Guzmán Yuri la pena de 10 años y 1 día de presidio mayor en su grado medio por el delito de apremios ilegítimos, 3 años y 1 día de presidio menor en su grado máximo por disparos injustificados y otros 3 años y 1 día por falsificación de instrumento público, además de accesorias legales y el pago de costas.

Mientras que para Mario Arancibia González se solicitaba la pena de presidio perpetuo simple por apremios ilegítimos y 23 años y 1 día de presidio menor en su grado máximo por disparos injustificados, además de accesorias legales y el pago de costas.

¿Qué se dijo en la audiencia?

El juez Claudio Espinoza sostuvo que “con los antecedentes probatorios, en primer término, no se demostró su asistencia, toda vez que los acusados no se encontraban cuidando ni custodiando a las personas que resultaron lesionadas ni las tenían bajo su control, de forma tal que estuviesen en condiciones de infringirles tratos crueles o atentaran en contra de su dignidad humana”.

“Asimismo, no se ha justificado el ánimo específico de causar una aflicción o padecimiento, más allá del daño corporal propio de una conducta lesiva, como la de lesiones graves. Tampoco se ha demostrado más allá de toda duda razonable la intención dolosa de causar la muerte de las víctimas, dada las circunstancias en que el agente activo hizo uso de su arma de fuego, la ubicación y naturaleza de las lesiones inferidas no necesariamente mortales, por lo que no se ha tenido por configurado el resultado imperfecto homicida”, precisó.

Ante esta situación, Arancibia fue condenado por disparos injustificados y lesiones graves en contra de seis personas, por lo que la Fiscalía pide una pena de tres años y un día y otra de cinco años, y no el presidio perpetuo que solicitaban originalmente.

Mientras tanto, Guzmán fue condenado por disparos injustificados sin víctimas en específico y fue absuelto del delito de falsificación de parte policial, por lo que se pide una pena de tres años y un día y no los 16 años que se habían comentado previamente.

La lectura de sentencia quedó fijada para el próximo 27 de febrero.

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