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Conoce la multa que arriesgan los conductores que mojen a peatones 

La Ley de Tránsito establece cómo hacer la denuncia que puede llegar hasta una UTM de sanción. 

En estos días, las calles se han convertido en verdaderos ríos debido a las intensas lluvias provocadas por el sistema frontal que afecta a la zona centro-sur del país, y que se extenderá hasta el día jueves. 

Esta situación trae consigo un problema adicional para los peatones: el riesgo de ser mojados por los vehículos que transitan a cierta velocidad en días lluviosos.

No obstante, esto puede traer consecuencias legales. Según el artículo 118 de la Ley de Tránsito señala que, “en caso de haber agua en la calzada, el conductor cuidará que ésta no moje la acera ni a los peatones o conductores de ciclos”. Es decir, los conductores tienen la responsabilidad de evitar mojar a los transeúntes.

Los conductores que lo hagan pueden ser multados por una infracción menos grave: una sanción económica que oscila entre $31.599 y $63.199, lo que equivale a 0,5 y 1 Unidad Tributaria (UTM), respectivamente.

Los afectados pueden dirigirse a la comisaría más cercana y presentar la denuncia ante Carabineros, proporcionando el número de patente del vehículo. 

La veracidad de la denuncia será comprobada por las cámaras de televigilancia ubicadas en las calles.

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