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Víctima de torturas en recintos puentealtinos es indemnizado con 20 millones de pesos

El 21 de marzo de este año se aprobó la sentencia que compensaría económicamente el daño moral padecido por la víctima.

¿Qué pasó?

La Corte de Apelaciones de Santiago ratificó la sentencia que condenó al fisco a pagar una indemnización de $20.000.000 (veinte millones de pesos) por concepto de daño moral, a José Francisco Zubicueta Carmona, quien fue detenido el 7 de octubre de 1987 por agentes de civil y trasladado a comisaría de Puente Alto, recinto policial donde fue sometido a sesiones de torturas. Posteriormente fue ingresado y también torturado a la cárcel de la comuna.

Decisión unánime

En fallo unánime la Novena Sala del tribunal de alzada –integrada por la ministra Graciela Gómez, el ministro Tomás Gray y el abogado (i) Eduardo Jequier– confirmó íntegramente la sentencia de primera instancia.

Atendido el mérito de los antecedentes, se aprueba la sentencia de veintiuno de marzo de dos mil veintidós, dictada por el Trigésimo Juzgado Civil de Santiago, en causa Rol C-33.427-2019”, consigna el fallo.

La resolución de primer grado ratificada sostiene: “Que el daño moral es, en términos generales, el menoscabo o agravio a un derecho subjetivo de carácter inmaterial o inherente a la persona y que es imputable a dolo o culpa de otro, que estaba obligado a respetarlo, en la especie, el Estado de Chile”.

La resolución agrega que: “El daño moral tiene su causa en la transgresión al ordenamiento jurídico y su consecuencia es el sufrimiento causado en la víctima, producto de la limitación a un interés legítimo. Así, la persona titular de un derecho subjetivo o de un bien jurídico, al ser despojada de su legítimo goce, se le priva de su ejercicio y sufre como consecuencia un daño extrapatrimonial”.

“Que el daño moral debe ser probado por quien lo reclama, desde que este constituye un presupuesto para el origen de la responsabilidad civil”, añade.

Estrés postraumático del afectado

Explica asimismo el documento, que la parte demandante acompañó un informe sicológico de Zubicueta, acreditando que el ex detenido presentó un severo estrés postraumático, daños, secuelas psicológicas, y alteraciones en su salud mental.

Respecto de la cifra que busca indemnizar a la víctima, concluye el fallo: “Que correspondiendo avaluar prudencialmente el daño moral padecido por el actor, este será estimado en la cantidad de $20.000.000 (veinte millones de pesos), teniendo en cuenta la suma ya percibida como reparación por parte del Estado de Chile”.

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