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InicioCovid-19Polémica entrevista a Pastor Soto: Corte confirma millonaria multa a Mega

Polémica entrevista a Pastor Soto: Corte confirma millonaria multa a Mega

En fallo unánime de la Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago se confirmó la multa de 50 UTM ($2.600.250) impuesta por el Consejo Nacional de Televisión (CNTV) en contra de Mega, por una entrevista que en abril del 2020 se le realizó en el matinal de la estación televisiva al Pastor Javier Soto.

En esa instancia el autodenominado Pastor precisó que “La palabra dice claramente que debemos ir por todo el mundo y predicar el evangelio a toda criatura. Segundo, dice ‘sobre los enfermos impondremos las manos y estos sanarán’. Esto es un tema de fe, nosotros no nos escondemos como verdaderas ratas cobardes”, dijo haciendo un abierto llamado a los feligreses a salir a predicar a las calles en medio de la pandemia por coronavirus.

En el fallo rechazó con costas la reclamación presentada por el canal en contra de la resolución que la sancionó por vulnerar la norma que prohíbe exhibir contenidos audiovisuales que dañen o pongan en riesgo la salud e integridad física y psíquica de la población”.

En la resolución se establece que en el matinal “Mucho Gusto” exhibió en reiteradas ocasiones (4) el video del Pastor Soto en el que “llamaba a salir a la calle durante la pandemia”, por lo que dicho proceder tiene “un fin más bien publicitario, que el meramente informativo”.

A lo anterior se agrega que Mega incurrió en  “en una conducta contraria al correcto funcionamiento de los servicios de televisión, por cuanto los contenidos exhibidos y particularmente la exposición reiterada del llamado efectuado por el Pastor Soto en torno a desobedecer las directrices de la autoridad sanitaria, ponían en riesgo la salud pública y el derecho fundamental de las personas a que se cautele su integridad física y psíquica”.

La multa pudo haber ascendido a 2.000 UTM  ($104.010.000) por tratarse de un canal de alcance nacional, pero el CNTV “tuvo a bien, estimando las circunstancias concurrentes en el caso, imponer una sanción sólo de 50 UTM, es decir, sólo el 2,5% del máximo posible”.

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